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85% está de acuerdo con modalidades de justicia distintas al encarcelamiento

2026-02-06 - 22:59

La presidenta encargada Delcy Rodríguez convocó a “una gran consulta nacional por un nuevo sistema de justicia”, con el objetivo de transformar el abordaje penal y social en el país y habló de la necesidad de reformular el enfoque punitivo actual. “Pido también medidas alternativas al castigo y a la punición para nuestros privados de libertad en el marco de una categorización de los delitos”, expresó el 15 de enero durante el acto de apertura del nuevo año judicial en la sede del Tribunal Supremo de Justicia. Rodríguez compartió algunos datos para el análisis social de la aplicación de justicia. Dijo que El 68,8% de los privados de libertad pertenecen a los estratos cuatro y cinco. Solo el 1,14% pertenece al estrato uno. “Hay allí un componente de selectividad socioeconómica en la población privada de libertad”, acotó. También señaló que el 81,59% de los privados de libertad son primarios, es decir, población que por primera vez fueron encarcelados por la comisión de un delito. Y el 63,51% de los privados de libertad tiene solo educación básica. “Yo les pido que le demos un giro a esta realidad”. Para esto ordenó a la Comisión para la Reforma Judicial y al Programa por la Convivencia Democrática y la Paz a conducir la consulta y realizar propuestas. Las Reglas de Tokio, adoptadas por la Asamblea General de la ONU en 1990, representan el estándar internacional más ambicioso para transformar los sistemas de justicia penal, alejándolos del castigo punitivo tradicional y orientándolos hacia la reinserción social. Su origen responde a una necesidad global de frenar el crecimiento desmedido de las poblaciones carcelarias y reconocer que la privación de libertad, en muchos casos, resulta contraproducente tanto para el individuo como para la seguridad pública. Al establecer estas «Reglas mínimas de las Naciones Unidas sobre las medidas no privativas de la libertad», la comunidad internacional buscó proporcionar un marco jurídico que permita a los Estados miembros aplicar sanciones alternativas asegurando que el encarcelamiento sea siempre el último recurso y no la respuesta automática del Estado frente al delito. En esencia, las Reglas de Tokio instan a las autoridades judiciales a considerar la situación personal de cada imputado, fomentando una justicia más humana y personalizada que intervenga lo mínimo necesario en la vida del sujeto. El documento detalla salvaguardias críticas para evitar la discriminación y garantizar el debido proceso, subrayando que las medidas no privativas de la libertad deben estar respaldadas por un soporte social y profesional que trate las causas raíz de la criminalidad. Al promover la participación de la comunidad en la gestión de estas penas, las reglas no solo buscan reducir la reincidencia, sino también desmitificar la idea de que la justicia solo se imparte tras las rejas, apostando en su lugar por una reparación activa del tejido social. Entre los nuevos enfoques de justicia destaca la justicia restaurativa, que desplaza el foco de la pregunta tradicional «¿qué ley se rompió y qué castigo merece?» hacia una interrogante mucho más humana: «¿quién ha sido dañado y cómo podemos reparar ese daño?». A diferencia del modelo retributivo, donde el Estado y el infractor son los únicos protagonistas de un proceso punitivo, el enfoque restaurativo entiende el delito como una ruptura de las relaciones humanas y del equilibrio comunitario. En este esquema, el objetivo principal no es el aislamiento del culpable, sino la reparación integral, permitiendo que la víctima recupere su voz y que el infractor asuma una responsabilidad activa y consciente de las consecuencias de sus actos. En DatosUN, publicamos una encuesta digital acerca de algunas ideas adelantadas por la presidenta encargada y otras basadas en alternativas propuestas en las Reglas de Tokio para conocer la opinión de nuestra audiencia. Entre el lunes 2 y el jueves 5 de febrero participaron 300 personas. Estos son los resultados. Una gran mayoría Primero preguntamos sobre la idea de la presidenta encargada Delcy Rodríguez acerca de considerar “medidas alternativas al castigo y a la punición para los privados de libertad en el marco de una categorización de los delitos”. Obtuvimos que 54,3% dijo estar totalmente de acuerdo y 27,8% afirmó estar de acuerdo. Esto suma 82,1% de afinidad con el planteamiento. La presidenta encargada Delcy Rodríguez pidió “avanzar en la aplicación de justicia bajo modalidades que no dependan exclusivamente del encarcelamiento, especialmente en el caso de delitos de menor gravedad”. Consultamos a nuestra audiencia sobre esta idea y obtuvimos que 85,5% está totalmente de acuerdo (51,3%) o de acuerdo (34,2%). Alternativas populares Luego pasamos a preguntar sobre las propuestas estipuladas en las Reglas de Tokio. El resultado es el siguiente: – Seis de cada 10 (62,4%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos sanciones verbales. – Tres de cada cuatro (78,6%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos libertad condicional. – Ocho de cada 10 (82,5%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos penas privativas de derechos o inhabilitaciones. – 88% está de acuerdo con aplicar en algunos casos sanciones económicas o penas pecuniarias como las multas. – 87,6% está de acuerdo con aplicar en algunos casos incautación o confiscación. – Nueve de cada 10 (92,7%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos restitución o indemnización. – Seis de cada 10 (59,5%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos suspensión de sentencia o condena diferida. – 73,9% está de acuerdo con aplicar en algunos casos libertad condicional con vigilancia judicial. – Nueve de cada 10 (91,8%) están de acuerdo con aplicar en algunos casos imposición de servicios a la comunidad. – 89,3% está de acuerdo con aplicar en algunos casos tratamiento terapéutico. Al ordenar las opciones planteadas según la cantidad de respuestas “totalmente de acuerdo” + “de acuerdo” que cada una obtuvo, podemos observar que el orden de popularidad de las alternativas al encarcelamiento es: 1) Restitución o indemnización (92,7%); 2) Imposición de servicios a la comunidad (91,8%); 3) Tratamiento terapéutico (89,3%); 4) Sanciones económicas o penas pecuniarias como las multas (88%); 5) Incautación o confiscación (87,6%); 6) Penas privativas de derechos o inhabilitaciones (82,5%); 7) Libertad condicional (78,6%); 8) Libertad condicional con vigilancia judicial (73,9%); 9) Sanciones verbales (62,4%); 10) Suspensión de sentencia o condena diferida (59,5%).

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