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Cifra de beneficiarios por Ley de Amnistía asciende a 8.068

2026-03-21 - 16:05

El presidente de la Comisión Especial para el Seguimiento de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, Jorge Arreaza, informó que un total de 8.068 personas han recibido libertad plena, desde que fue aprobado este instrumento jurídico el pasado 19 de febrero. En razón de ello, Arreaza dijo que, a un mes de su promulgación, “es evidente que los resultados son notables” y, además, representa “un gran aporte al reencuentro nacional”. Mediante un balance difundido a través de su cuenta en la red social X, el diputado precisó que, al 20 de marzo, de las 11.396 solicitudes validadas recibidas, 260 personas que se encontraban privadas de libertad recibieron el beneficio de libertad plena, al igual que otras 7.808 que se encontraban en libertad con medidas cautelares. A la fecha de hoy, 20 de marzo de 2026, estas son las libertades otorgadas gracias a la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática. Sin entrar en polémicas, es evidente que los resultados son notables. Un gran aporte al reencuentro nacional. pic.twitter.com/txCbZdIzIT — Jorge Arreaza M (@jaarreaza) March 20, 2026 Alcance de la Ley de Amnistía La Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática abarca hechos ocurridos entre el 1 de enero de 2017 y febrero de 2026. La solicitud podrá ser presentada por el Ministerio Público, la persona imputada o acusada o su defensor o defensora. El artículo 9 establece que estarán excluidos de la aplicación de la amnistía las acciones u omisiones de delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y crímenes de guerra. También quedan fuera los delitos de homicidio intencional, lesiones gravísimas, secuestro, extorsión, corrupción y tráfico de estupefacientes. Este artículo asegura que la amnistía no se convierta en una ley de impunidad para crímenes que, por su gravedad, son irrenunciables para el Estado y la justicia. Le corresponderá al tribunal competente verificar los supuestos de amnistía en cada caso y decretar el sobreseimiento de todos los procesos en curso o la revisión de la sentencia firme para su anulación, mediante sentencia de reemplazo en un plazo que no excederá de 15 días continuos. Recientemente, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, invitó a quienes se encuentren fuera del país y deseen solicitar el beneficio de amnistía a formalizar su petición mediante los canales dispuestos por la Comisión de Seguimiento para su respectiva evaluación.

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