Gil ratifica el Acuerdo de Ginebra como única vía legal por el Esequibo
2026-02-19 - 17:08
El canciller de la República, Yván Gil, reafirmó la vigencia del Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico para resolver la controversia sobre la Guayana Esequiba. Durante el foro “A 60 años del Acuerdo de Ginebra: Vigencia, legalidad y posición histórica de Venezuela”, Gil sostuvo que Venezuela defiende su soberanía mediante la diplomacia y la razón, rechazando cualquier intento de imponer la fuerza. Desde la Casa Amarilla en Caracas, el diplomático enfatizó que las diferencias territoriales deben resolverse por la vía pacífica y el entendimiento directo. Gil destacó que Venezuela no responderá al uso de la fuerza con medidas similares, sino a través de los mecanismos diplomáticos contemplados en el documento de 1966. Según el canciller, el Acuerdo de Ginebra debe erigirse como un modelo global para dirimir conflictos territoriales sin la intervención de terceros, al considerar que la mediación de factores externos suele generar decisiones que no satisfacen a las partes involucradas. Aporte académico internacional El evento contó con la participación del doctor Antonio Remiro Brotons, catedrático emérito de Derecho Internacional Público de la Universidad Autónoma de Madrid y abogado ante la Corte Internacional de Justicia. Gil presentó al experto español como una autoridad clave para analizar los aspectos jurídicos y políticos que sustentan la posición histórica de Venezuela. La intervención del profesor Brotons, junto a otros especialistas en la materia, forma parte de una agenda de Estado orientada a difundir los fundamentos legales que invalidan el Laudo Arbitral de París. El canciller concluyó que la palabra y el diálogo directo son las vías definitivas para alcanzar un acuerdo satisfactorio y cumplir con el espíritu original del tratado de Ginebra. Consentimiento: eje ineludible de cualquier arreglo judicial Entre tanto, la profesora de Derecho Internacional Público, María Esperanza Orihuela, explicó que el consentimiento es el eje ineludible de cualquier arreglo judicial. La experta detalló que el Acuerdo de Ginebra surgió tras el «contubernio» del Laudo de 1899, el cual Venezuela considera nulo e írrito, y subrayó que ninguna nación puede ser obligada a someterse a la mediación o al arbitraje de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sin haber expresado su voluntad previa, según lo establece el artículo 36 del Estatuto de la propia Corte. Orihuela desestimó la demanda unilateral de Guyana al aclarar que el artículo cuarto del tratado de 1966 obliga a las partes a elegir procedimientos de mutuo acuerdo y no otorga facultades automáticas a tribunales externos. Recordó que Venezuela ha mantenido una política histórica de reserva ante mecanismos que comprometan sus intereses vitales, posición que fue ratificada recientemente por el pueblo en el referéndum del 3 de diciembre de 2023.