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Le piden desalojar vivienda por mala conducta

2026-03-16 - 12:09

En el sector San Martín de la parroquia San Juan, a un hombre se le solicitó desalojar la casa donde vivía alquilado por perturbar la paz de la propietaria con agresiones verbales cada vez que llegaba bajo los efectos del alcohol. La oficial Joanny Gómez, integrante del Servicio de Policía Comunal del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, contó al equipo de Últimas Noticias que le tocó intervenir en un caso que puso de manifiesto la vulnerabilidad de los adultos mayores y la importancia de la mediación policial como herramienta de paz social. Explicó que una señora de aproximadamente 70 años de edad llegó a la instancia policial por recomendación de sus vecinos. En calidad de solicitante, señaló que los hechos que la llevaron a poner la denuncia comenzaron en el interior de su casa, una vivienda multifamiliar con la estructura típica de la parroquia. En el lugar tiene a varias familias alquiladas. Sin embargo, las áreas comunes que debían ser un espacio de descanso y convivencia se transformaron en un foco de ansiedad para la dueña del inmueble y el resto de los habitantes, debido a la conducta inapropiada de uno de sus inquilinos. Según relató la oficial Gómez, el ciudadano en cuestión solía llegar a la propiedad en estado de ebriedad, una situación que escalaba rápidamente hacia la confrontación. Bajo los efectos del alcohol, el hombre buscaba problemas directamente con la propietaria, alterando el orden y la seguridad emocional tanto de la denunciante como de las demás familias. La recurrencia de estos episodios también perturbaba el sueño de las personas que habitan la vivienda, porque en ocasiones el demandado llegaba a altas horas de la noche gritando y diciendo malas palabras. Gómez refirió que la solicitud de ayuda de la señora fue por el derecho más básico de cualquier ciudadano, que son la paz y la tranquilidad. Mediación Tras una semana de haber sido atendida en la oficina de atención comunitaria del Servicio de Policía Comunal, la denunciante regresó a la sala de resolución de conflictos de la parroquia San Juan, donde se reunió con el demandado a petición de la oficial Gómez, quien envió una boleta de citación a ambos ciudadanos. En la mesa de mediación, se permitió que ambas partes expusieran sus puntos de vista. El inquilino, confrontado con la realidad del daño emocional y la perturbación causada a una persona mayor, reflexionó sobre su comportamiento. La clave del éxito fue evitar la actitud defensiva; Gómez propició que en la reunión el citado entendiera que su derecho a la vivienda no le otorgaba el poder de vulnerar la estabilidad de su arrendadora. No obstante, en vista de los antecedentes del ciudadano en cuestión, la señora prefirió que abandonara su casa porque no se sentía segura con él viviendo bajo el mismo techo; además, afirmó que no tenía certeza de que su actitud mejoraría o si lo haría de forma momentánea. Compromisos El resultado de este proceso no fue una sanción punitiva inmediata, sino un acto de voluntad. El inquilino, reconociendo sus faltas, ofreció disculpas sinceras por los malos ratos ocasionados tanto a la propietaria del inmueble como al resto de los habitantes. Para garantizar una solución definitiva, se llegó a un acuerdo de desocupación voluntaria. El hombre decidió retirarse del inmueble en un lapso estipulado de seis meses, tiempo suficiente para encontrar un nuevo hogar sin quedar en situación de calle. Mientras tanto, se le exigió el respeto absoluto a las normas de convivencia dentro y fuera de la propiedad. Asimismo, se le pidió que cesara los disturbios mientras permaneciera en el espacio. Se le exhortó a evitar cualquier tipo de violencia contra sus vecinos y la dueña de la casa; en caso contrario, la denunciante podría recurrir nuevamente al Servicio de Policía Comunal y se le exigiría el desalojo inmediato. Las autoridades se comprometieron a hacer seguimiento al caso para evaluar los avances en el cumplimiento de los acuerdos adoptados en la mediación. Después de leer los puntos establecidos en el acta de conciliación, los implicados en el conflicto firmaron el documento dejando constancia de su aceptación. Normativas Este caso se sustenta legalmente en la ordenanza de convivencia ciudadana, civismo y justicia de paz comunal del municipio Libertador de Caracas. Dicho instrumento legal es severo respecto a las conductas que alteran el orden público y la paz vecinal. En ese sentido, dispone de un articulado que regula el consumo y venta de bebidas alcohólicas en áreas comunes, espacios públicos y privados; o que, al producir comportamientos inadecuados en los consumidores, se vea afectada la tranquilidad de terceros, especialmente en horarios nocturnos. El marco legal de la normativa caraqueña también prioriza el bienestar de las personas en situación de vulnerabilidad, garantizando que su entorno sea seguro y libre de violencia psicológica. La legislación en detalle Conductas. Según la ordenanza de convivencia ciudadana, civismo y justicia de paz comunal del municipio Libertador de Caracas, se contemplan en el artículo 25 aquellas relacionadas con el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos, calles y avenidas, salvo en los actos o eventos debidamente autorizados; ingerir bebidas alcohólicas cerca o en las adyacencias de escuelas, liceos, parques, hospitales, centros culturales, entre otros. Expendio. El artículo 26 de la norma jurídica detalla que el horario para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en restaurantes, discotecas, casinos, bares y otros estará regido por la ley u ordenanza especial que regule la materia. Tales horarios podrán variar de acuerdo a la autorización del municipio. Áreas comunes. Según el artículo 15 de la normativa municipal, se deben respetar los límites y usos de los espacios de uso común como bienes públicos, áreas comunes y otros en las distintas formas de residencia, propiciando el buen uso y conservación de dichos espacios. Palabras soeces. La normativa considera contaminación sónica perturbar la convivencia mediante gritos o palabras soeces.

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