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#TeExplicamos | ¿Cuáles fueron los cambios incorporados a la Ley de Amnistía?

2026-02-20 - 02:28

La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática el 19 de enero, tras llegar finalmente a un consenso sobre su contenido entre bancadas oficialistas y opositoras. Esta segunda discusión había sido diferida el 12 de febrero, cuando solo se acordó la aprobación de sus primeros seis artículos, mientras que el resto fueron debatidas en esta sesión. El texto de la ley, que originalmente contenía 13 artículos, ahora posee 16, la mayoría con modificaciones realizadas para la segunda discusión luego de un proceso de consulta pública que incluyó a familiares de presos políticos, organizaciones defensoras de derechos humanos y expertos en derecho. Algunos artículos también sufrieron cambios directamente durante la plenaria para agregar propuestas y observaciones de los parlamentarios. A pesar de las recomendaciones hechas por la sociedad civil, la Ley de Amnistía apenas tuvo cambios en cuanto a su redacción e incorporación de algunas garantías, pero manteniendo la misma esencia que el primer borrador enviado al Parlamento por el gobierno encargado de Delcy Rodríguez. Esto no solo por la limitación de su alcance a una serie de hechos seleccionados, sino también por no contemplar garantías de no repetición, memoria histórica y justicia transicional, como exigían varios de los sectores consultados. “Esta ley que estamos discutiendo el día de hoy no es perfecta, pero sin duda es un gran avance para la reconciliación de Venezuela. Sin duda, mitigará el sufrimiento de muchos venezolanos, de muchas familias que, a pesar de no estar presos, también están sometidos al sufrimiento de la prisión de sus seres queridos”, declaró durante la sesión la diputada del partido opositor Un Nuevo Tiempo (UNT) Nora Bracho, quien fue vicepresidenta de la comisión encargada de su revisión. Ponerse a derecho Foto: EFE/ VTV La sesión del 19 de febrero retomó el debate a partir de su artículo 7, el cual había sido objeto de controversia entre las facciones parlamentarias, que no lograron llegar a un acuerdo. Este incorporaba un elemento que no estaba previsto en el borrador original, y que establece que los solicitantes de la amnistía deben “ponerse a derecho” ante los tribunales competentes antes de recibir el beneficio. Tras un debate interno en la comisión delegada que se prolongó incluso hasta horas antes de la plenaria, se acordó finalmente mantener este requisito, pero ofreciendo a aquellos beneficiarios que están fuera del país la oportunidad de ser representados por un abogado para realizar el trámite ante el tribunal. Aun así, el artículo sigue obligando a la persona a comparecer personalmente para poder re “Luego de presentar la solicitud de amnistía, la persona no podrá ser privada de libertad por los hechos previstos en esta ley, y deberá comparecer personalmente ante el tribunal competente a los fines del otorgamiento de la amnistía. La amnistía solo abarcará a las personas que hayan cesado en la ejecución de los hechos constitutivos de delito o falta objeto de amnistía, o cesen en su ejecución luego de

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