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TSJ confirmó pena máxima para asesino de su pareja

2026-02-27 - 15:08

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dejó incólume la condena de 30 años de prisión impuesta a Raúl Ernesto Lovera Cañizales, quien fue hallado culpable del asesinato de su pareja Greicy Carolina Bracho Lugo (40). Greicy era Administradora y tuvo dos hijos con Raúl en 20 años de relación, según testigos. La decisión de la Sala Penal quedó plasmada en la sentencia N° 41 publicada el pasado 12 de febrero con la firma de sus tres integrantes: Maikel Moreno (ponente), Carmen Marisela Castro y Elsa Gómez. Los hechos iniciaron el 17 de enero del 2020, día en que Greicy y su pareja estaban en un compartir familiar su residencia ubicada en urbanización Tierra del Sol, San Joaquín (Carabobo), refiere la sentencia. Una vez culminado el compartir, Greicy y Raúl salieron a darle la cola a una amiga. En el camino se suscitó una discusión entre la pareja. Originalmente el hombre informó al Cicpc, que en medio de esa discusión, Greicy pidió detener el vehículo para irse a pie. Pero luego se comprobó que todo eso era mentira. La investigación arrojó que el sujeto le propinó una golpiza a la mujer lo cual incluyó patadas y luego la lanzó en un terreno baldío donde la mujer murió. Al día siguiente, vecinos informan a la policía sobre un cadáver que se encontraba en un terreno adyacente a la urbanización La Pradera, San Joaquín (Carabobo). Al sitio acudieron agentes del Cicpc quienes entrevistaron allí mismo a Raúl Lovera, quien les reitero que él no sabía nada de ese asesinato. Pero al observar contradicciones en su declaración, los agentes del Cicpc detuvieron al sujeto y le realizaron “una inspección técnico criminalística” mediante la cual detectan arañazos en determinadas partes de su cuerpo. Igualmente inspeccionan sus zapatos, cuyas marcas coinciden con unas localizadas en el cadáver de Greicy a nivel de la región escapular derecha, según la sentencia. El juicio contra Raúl Lovera transcurrió entre el 24 de septiembre de 2021 hasta el 26 de octubre de 2023, cuando lo declararon culpable del delito de femicidio agravado y le impusieron una condena de pena máxima, es decir 30 años. Esa condena fue ratificada el 10 de febrero de 2025 por la Corte de Apelaciones con Competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo. Ante esa circunstancia, los abogados defensores de Raúl Lovera interpusieron un recurso de casación ante la Sala Penal del máximo tribunal de Venezuela. Al analizar el recurso, los magistrados decidieron declararlo inadmisible porque el mismo fue consignado fuera de los lapsos establecidos. En ese sentido, los magistrados sacaron cuentas y señalaron que ese tipo de recurso, donde se pretende revertir la condena de pena máxima, debían presentarlo antes del 7 de abril de 2025 y los abogados de Lovera lo hicieron el 11 de ese mismo mes, es decir, fuera del lapso de los 15 días establecidos por el Código Orgánico Procesal Penal, dice la sentencia. Los magistrados recordaron que, de manera general, para que la Sala Penal entre a conocer un recurso de casación se requiere el cumplimiento de ciertos requisitos, tales como: i) que la persona que lo ejerza esté debidamente legitimada por la ley; ii) que sea interpuesto dentro del lapso legal establecido para ello; iii) que la decisión que se recurre sea impugnable en casación por expresa disposición de la ley; y, iv) que el recurso esté debidamente fundamentado.

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